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Autoridades Auxiliares
Con el fin de que las acciones del ayuntamiento lleguen a todo el territorio municipal,
los gobiernos locales habrán de realizarlas a través de autoridades auxiliares, las
cuales actuarán en cada localidad como representantes administrativos y políticos
del ayuntamiento. Para el caso de Jalisco, esta responsabilidad recae en las figuras
de los delegados y agentes municipales. La designación de delegados y agentes
municipales en los poblados que no sean cabecera de municipio es una facultad
que la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal otorga a los
Ayuntamientos (artículos 8 y 9). La Ley del Gobierno y la Administración Pública
Municipal, en su Título Primero Capítulo II, determina que los delegados municipales
deben ser designados por el Ayuntamiento y removidos por éste mismo con causa
justificada, previo respeto de su derecho de audiencia y defensa. Asimismo, instruye
al Ayuntamiento para reglamentar el procedimiento de designación de los
delegados, sus requisitos, obligaciones y facultades. Por lo que toca a los agentes
municipales, el artículo 9 de la citada ley establece que éstos deben ser nombrados
por el Ayuntamiento a propuesta del presidente municipal, y removidos por el
Ayuntamiento por causa justificada. Y, al igual que en el caso de los delegados, el
Ayuntamiento deberá reglamentar los requisitos para ser agente municipal, así
como sus obligaciones y facultades. El referido capítulo de la Ley del Gobierno y la
Administración Pública Municipal faculta al Ayuntamiento para constituir
delegaciones y agencias municipales en los centros de población que integran su
territorio. Para el caso de las delegaciones se deberán observar bases mínimas de
población, territorio e infraestructura urbana que se especifican en el artículo 7
numerales I a VI. Mientras que, para las agencias municipales, éstas podrán
constituirse si en Ayuntamiento lo considera necesario. En el municipio de La
Huerta, se cuenta con delegación municipal en los poblados de La Concepción, La
Manzanilla, Miguel Hidalgo Nuevo, Cuitzmala, San Mateo y Punta Pérula. Asimismo
se cuenta con agencias municipales en las localidades de Adolfo López Mateos (El
Palmar), Agua Caliente Nueva, Agua Caliente Vieja, Agua Zarquita, Magdalena, Los
Árboles, Arroyo Seco, Los Baños, Pueblo Careyes, Cofradía, Comitancito, Chancoa,
Chamela, La Fortuna, Francisco Villa, Tecuastitán(Gral. J.M.M.), El Higueral, Los
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