Page 127 - MONOGRAFIA 2023
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social y otras Atender la seguridad en todo el municipio, Realizar la fiscalización y
evaluación de la administración, Realizar las funciones del registro civil, Regular la
adquisición de bienes y contratación de servicios, Planear el desarrollo urbano y
controlar el uso de suelo, Ejercer atribuciones en prevención y erradicación de la
violencia contra las mujeres. El municipio, es pues, una comunidad territorial de
carácter público con personalidad jurídica propia, y, por ende, con capacidad política
y administrativa. El municipio atiende los tres elementos básicos: Población territorio
y gobierno a través del ayuntamiento, órgano principal y máximo que ejerce el poder
municipal como órgano colegiado inmediato y cercano al pueblo, al cual representa
y de quien emana el mandato caracterizado en sus funciones integradas en las
leyes orgánicas municipales del estado de Jalisco. El ayuntamiento sesiona en dos
tipos de cabildo, es decir, el cabildo como reunión de los representantes del pueblo,
y el cabildo abierto que reúne a todos los ciudadanos para tomar decisiones. El
ayuntamiento del municipio de La Huerta está integrado por los siguientes
funcionarios electos por voto popular directo, el presidente municipal. Fernando
Gómez Carrasco, la sindico Mónica García Gutiérrez y los regidores Enrique García
Mejía, Marlen Isela Moreno Cárdenas, Fabricio Akalimar Núñez Vargas, Narda
Rosalía Ruíz Montes, Juan Pablo Pérez Rodríguez, Adán Israel Mendoza
Rodríguez, Viridiana Elizabeth Rizo García, Rosa Emma Michel Vargas y Juan
Manuel Cano Barboza los cuales participan con voz y voto en los siguientes tipos
de sesiones de cabildo: Ordinaria, que realizan de acuerdo con un calendario y en
ella se atienden los asuntos comunes del gobierno municipal. Las cuales se realizan
por lo menos una vez al mes, las extraordinarias que se convoca y se realizan con
carácter urgente y la Solemne que se realizan al instalarse el ayuntamiento, al
conocer el informe del presidente municipal y cuando se recibe a visitantes
distinguidos. El municipio, es pues, una comunidad territorial de carácter público con
personalidad jurídica propia, y, por ende, con capacidad política y administrativa. El
municipio atiende los tres elementos básicos: Población territorio y gobierno a través
del ayuntamiento, órgano principal y máximo que ejerce el poder municipal como
órgano colegiado inmediato y cercano al pueblo, al cual representa y de quien
emana el mandato caracterizado en sus funciones integradas en las leyes orgánicas
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